Certificados médicos con indicación de reposo

Resulta frecuente que el empleador solicite al empleado ausente por enfermedad inculpable la presentación de certificados médicos que avalen su ausentismo. Otras veces ante la misma coyuntura el trabajador actúa de esa manera en forma espontánea.

El empleado no está obligado a dicha presentación, si bien alguna jurisprudencia lo ha planteado. Su única obligación es la de dar aviso en tiempo y forma de su ausencia, indicando causa y lugar en que se encuentra, para permitir el control médico al que la ley faculta al empleador, si la causa indicada es enfermedad o accidente inculpable.

Ahora bien, en caso que no haya habido aviso, o el control del empleador no se haya podido llevar a cabo por causas ajenas a él (direcciones incorrectas, falta de respuesta al llamado del médico o ausencia del empleado en el domicilio declarado, por ejemplo), el certificado extendido al trabajador le va a resultar indispensable para acreditar su incapacidad laboral. Lo mismo cuando haya discrepancia respecto de la misma entre las partes, concretamente ante un control médico del empleador que cuestione la motivación para la baja.

Para que un certificado médico sea válido debe reunir los siguientes requisitos: deberá ser expedido por un profesional matriculado en el lugar de la prestación, el cual debe ser precisado; debe constar nombre completo del profesional y su número/números de matricula; fecha de la prestación; diagnóstico; si fuera necesaria, la indicación de reposo y la duración del mismo. También es de buena práctica la inclusión de datos que permitan al médico del empleador si lo deseara contactarse con el médico emisor del certificado para intercambiar información referente a la enfermedad y su incapacidad resultante (por Ej. un número telefónico que suele estar impreso en los recetarios personales).

No puede exigirse que el certificado provenga de determinado tipo de profesional o especialistas en determinada patología involucrada, en tanto que las otras condiciones estén dadas.

La Dirección.

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