Exámenes Periódicos
Los exámenes periódicos también son de carácter obligatorio, pero
en este caso asumidos por la ART.Esto no obsta para que el
empleador decida complementarlo o incluso efectuarlo por su
cuenta con el acuerdo del asegurador, en el marco de las pautas
legales y el criterio médico.
Así como el Examen Preocupacional verificaba la adaptación previa, el Examen Periódico permite reconocer que esa adaptación se mantenga con
el transcurso del tiempo. Además aporta datos útiles
para el examinado acerca de su condición física
general, más allá de lo laboral.
Su perfil básico
y periodicidad están determinados por la legislación
en función de la exigencia.